ENMIENDAS PROPUESTAS A LA CONSTITUCIÓN DE TEXAS
NÚMERO DE PROPUESTA 1 “La enmienda constitucional que dispone la creación del fondo permanente de infraestructura de instituciones técnicas y el fondo de educación de la fuerza laboral disponible para apoyar las necesidades de capital de los programas educativos ofrecidos por el Sistema de Universidades Técnicas del Estado de Texas”.
EXPLICACIÓN
ARGUMENTOS A FAVOR n Proporciona una fuente confi able de financiamiento para las universidades técnicas estatales de Texas. n Este fondo respaldaría una fuerza laboral calificada, necesaria para las empresas e industrias de Texas. n Un sistema sólido de universidades técnicas ayuda a los texanos que desean desarrollar una carrera en estos campos. El Sistema de Universidad Técnica Estatal de Texas (TSTC) fue establecido en 1965 para ofrecer educación técnica y vocacional. Actualmente cuenta con 11 universidades en todo el estado y ofrece títulos de dos años así como certificados en áreas técnicas y vocacionales. 11,436 estudiantes asistieron a las universidades técnicas estatales de Texas de 2023 a 2024.
ARGUMENTOS EN CONTRA n Este dinero podría utilizarse para financiar universidades comunitarias en todo Texas, las cuales ya ofrecen títulos de dos años y certifi cados, y atienden hasta 700,000 estudiantes por año. n Las empresas deberían cubrir el costo de la capacitación laboral y las certificaciones de sus propios empleados. n El dinero destinado al fondo permanente debería devolverse a los contribuyentes. Si se aprueba esta enmienda propuesta, se destinarían 52 millones de dólares para crear un fondo permanente de apoyo al TSTC. Los rendimientos de este fondo se utilizarán para proyectos de infraestructura, como la compra de terrenos, edificios y equipos que respalden los programas educativos que ofrecen estas universidades.
NÚMERO DE PROPUESTA 2 “La enmienda constitucional que prohíbe la imposición de un impuesto sobre las ganancias de capital realizadas o no realizadas de un individuo, familia, patrimonio o fi deicomiso”.
generarse si esa inversión se vendiera a su valor de mercado actual, aunque no se haya vendido.
EXPLICACIÓN Cuando un activo de capital (una inversión como acciones, bonos o bienes raíces) aumenta de valor, ese incremento se considera una ganancia de capital. Las ganancias de capital realizadas son las utilidades obtenidas cuando la inversión se vende. Las ganancias de capital no realizadas son las utilidades potenciales que podrían ARGUMENTOS A FAVOR n La enmienda propuesta ayudaría a mantener la reputación de Texas como un estado favorable para los negocios y con bajos impuestos n Gravar las ganancias de capital reduce los incentivos para el ahorro y la inversión, y disminuye el crecimiento económico n Incluir esta prohibición sobre los impuestos a las ganancias de capital en la constitución brindaría certeza a las instituciones financieras interesadas en expandirse en Texas.
Actualmente, Texas no grava ni las ganancias de capital realizadas ni las no realizadas, y la legislatura reciente no propuso ningún impuesto de ese tipo
ARGUMENTOS EN CONTRA n En el futuro, la Legislatura no podría gravar las ganancias de capital, incluso si hubiera un déficit presupuestal y se necesitaran esos ingresos. n Esta proposición es innecesaria porque la Legislatura no está considerando un impuesto sobre las ganancias de capital. n No gravar las ganancias de capital traslada la carga fiscal de las personas con patrimonio o activos hacia aquellas sin riqueza, quienes se ven más afectadas por los impuestos sobre las ventas.
NÚMERO DE PROPUESTA 3 “La enmienda constitucional que exige la denegación de la libertad bajo fianza en determinadas circunstancias a las personas acusadas de ciertos delitos sancionables como delito grave”
ARGUMENTOS A FAVOR n Evita que personas de alto riesgo cometan delitos adicionales mientras están en libertad bajo fianza. n Al limitar la denegación de fianza únicamente a los delitos más graves, se garantiza que solo aquellas personas que representan el mayor riesgo sean privadas de este beneficio. n Se establecerían salvaguardas para proteger los derechos de los acusados, tales como el derecho a contar con representación legal durante las audiencias de denegación defianza, el derecho a apelar y disposiciones para garantizar el derecho a un juicio expedito EXPLICACIÓN Actualmente, la denegación de la libertad bajo fianza generalmente requiere un juicio completo, lo cual la hace muy poco común. Por lo tanto, si una persona acusada tiene los recursos para pagar una fianza, debe ser puesta en libertad, incluso si existen pruebas de que podría cometer delitos violentos en el futuro.
ARGUMENTOS EN CONTRA n Actualmente, los jueces tienen la facultad de imponer montos elevados defianza a personas consideradas de alto riesgo, lo cual puede impedir su liberación. n Negar la fianza a ciertos acusados podría resultar en el hacinamiento de las cárceles, lo que requeriría mayor financiamiento por parte de los contribuyentes para contratar personal adicional. n Ser privado del derecho a la fianza incrementa los costos para los acusados y socava el principio de presunción de inocencia. La enmienda constitucional propuesta ampliaría las opciones disponibles para las autoridades encargadas de fijar la fianza, incluyendo la opción de denegarla con el fin de garantizar la seguridad de la comunidad. Esta medida aplicaría a personas acusadas de homicidio y otros delitos violentos similares.
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